Actividades incluidas
Estas actividades se dirigen principalmente a personas físicas.
Esta clase comprende:
– las actividades de astrología y espiritismo
– los servicios de contratación de acompañantes, las actividades de las agencias de contactos y los servicios de las agencias matrimoniales
– las actividades de redes de contactos de citas u otro tipo
– la prestación o concertación de servicios sexuales
– los servicios para animales de compañía, como alojamiento, peluquería y adiestramiento
– la explotación de refugios para animales abandonados
– las actividades de genealogía
– las actividades de estudios de tatuaje y piercing
– las actividades de los limpiabotas, los maleteros, los aparcacoches, etc.
– la explotación por concesión de máquinas de servicios personales accionadas con monedas, por ejemplo, fotomatones, básculas o taquillas.
– la explotación de maquinas automáticas en autoservicio para imprimir fotografías a partir de soportes electrónicos, por ejemplo, teléfonos, tarjetas de memoria, unidades flash, etc.
– los servicios de citas y otras actividades de speed networking
– las actividades de artistas del tatuaje, que utilizan sustancias biológicas, por ejemplo henna, para la decoración temporal
– las actividades de los encantadores de caballos
– las actividades de alojamiento a cambio del cuidado de la casa (housesitting)
– las actividades de organizadores de bodas
– las actividades de sanadores
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– las actividades veterinarias (véase 75.00)
– las actividades de limpieza del hogar (véase 81.21)
– las clases de yoga o pilates (véase 85.51)
– la prestación de servicios de terapias alternativas, por ejemplo, homeopatía, quiropráctica, osteopatía, cristaloterapia, iridología, kinesiología y radiónica (véase 86.96)
– las actividades de profesionales en el ámbito del shiatsu, masaje tailandés, watsu, tui na qigong, etc. (véase 86.99)
– los servicios de cuidados domiciliarios para personas mayores, incluidos los servicios de cuidador interno (véase 88.11)
– los servicios de cuidado diurno para niños realizadas en hogares privados o en guarderías (véase 88.91)
– los servicios de atención extraescolar (véase 88.91)
– la explotación de máquinas tragaperras y máquinas de videojuegos accionadas con monedas (véase 92.00)
– la explotación de lavadoras activadas con monedas (véase 96.10)
