Actividades incluidas
Esta clase comprende las actividades destinadas a permitir a terceros usar la propiedad intelectual y otros productos similares por los que se paga un canon o una cuota de licencia al propietario del producto (es decir, al titular del activo). El arrendamiento de estos productos puede adoptar diversas formas, como el permiso de reproducción, el uso en procesos o productos posteriores, la explotación de una empresa en régimen de franquicia, etc. Los propietarios actuales pueden o no haber creado tales productos.
Esta clase comprende:
– el arrendamiento de la propiedad intelectual (excepto las obras sujetas a derechos de autor, como los libros o los programas informáticos)
– la recepción de cánones o cuotas de licencia por la utilización de:
• entidades patentadas
• marcas comerciales o marcas de servicio
• nombres de marca
• prospección y evaluación mineral
• acuerdos de franquicia
• dominios de Internet
• derechos de juegos de mesa diseñados o desarrollados
Esta clase comprende también:
– la recepción de cánones o cuotas de licencia por los resultados de la investigación científica
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– la adquisición de derechos y la edición (véanse las divisiones 58 y 59)
– la producción, reproducción y distribución de obras sujetas a derechos de autor (libros, programas informáticos, películas, etc.) (véanse las divisiones 58 y 59)
– la reproducción en streaming de contenido, por ejemplo, programas informáticos o libros, por editores de contenido (véase la división 58)
– las actividades de reproducción en streaming de audiolibros no asociadas con la edición (véase 60.10)
– el alquiler de bienes inmobiliarios (véase 68.20)
– el alquiler de bienes (activos) tangibles (véanse 77.1, 77.2 y 77.3)
