Actividades incluidas
Esta clase comprende:
– el alquiler y arrendamiento operativo de los siguientes tipos de vehículos:
• camiones, autocaravanas, remolques de carga y vehículos de motor pesados (con un peso máximo autorizado superior a 3,5 toneladas) sin conductor
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– el alquiler de vehículos o camiones para mercancías pesadas, con conductor (véanse 49.41 y 49.42)
– el alquiler o arrendamiento de equipos de transporte terrestre (distintos de vehículos de motor) sin conductor, por ejemplo, caravanas (véase 77.39)
