Actividades incluidas
Esta clase comprende:
– el comercio al por menor de carburantes, fósiles o libres de carbono, para vehículos de motor y motocicletas
– la explotación de gasolineras
Esta clase comprende también:
– el comercio al por menor de carburante en combinación con combustibles sintéticos (electro-combustibles), si la venta de electro-combustibles no es predominante
– el comercio al por menor de productos lubricantes y refrigerantes para vehículos de motor
– el comercio al por menor de hidrógeno para vehículos de motor y motocicletas
– el comercio al por menor de carburantes, en combinación con alimentos, bebidas, productos para el mantenimiento de vehículos, servicios de lavado de coches, etc., cuando la venta de combustible sea predominante
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– las estaciones de carga de vehículos eléctricos (véase 35.15)
– el comercio al por mayor de combustibles (véase 46.81)
– el comercio al por menor de gas licuado del petróleo (GLP) para cocinar o para calefacción (véase 47.78)
– el comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor (véase 47.82)
– el comercio al por menor de motocicletas, y repuestos y accesorios de motocicletas (véase 47.83)
