01.50 – Producción agrícola combinada con la producción ganadera

Actividades incluidas

Esta clase comprende:
– la producción mixta agrícola y ganadera sin especialización en ninguna de ellas

REGLA PARA LA IMPLEMENTACIÓN:
El tamaño de la explotación en general no es un factor determinante. Si la producción agrícola o la producción ganadera en una unidad determinada representa el 66 % o más de la producción estándar, la actividad conjunta no debería incluirse en este apartado, sino asignarse a producción agrícola o a producción ganadera.

Actividades no incluidas

Esta clase no comprende:
– la producción combinada de varios productos agrícolas (véanse 01.1 y 01.2)
– la producción ganadera combinada de distintas especies (véase 01.4)

 

 

Deja una respuesta