Capital social de una Sociedad Limitada

¿qué es, mínimo legal y cómo aportarlo?
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¿Qué es el capital social de una Sociedad Limitada?

El capital social de una Sociedad Limitada (SL) es la aportación económica inicial que realizan los socios al constituir la empresa. Representa los recursos con los que la sociedad comienza su actividad y determina la participación de cada socio en la empresa.

El capital social mínimo representa la aportación inicial exigida por ley para constituir una Sociedad Limitada. Este importe garantiza la responsabilidad de los socios y el respaldo económico de la empresa. Puede componerse de aportaciones dinerarias o no dinerarias, y refleja el compromiso inicial con el proyecto empresarial.

Este capital:

  • Figura en los estatutos sociales
  • Está dividido en participaciones sociales
  • Responde frente a terceros hasta el límite aportado

Capital social mínimo de una SL

El capital social mí­nimo para constituir una Sociedad Limitada es de 1 Euro, desde la entrada en vigor de la Ley 18/2022 de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como la Ley Crea y Crece)

No obstante, si el capital es inferior a 3.000 €, la sociedad queda sujeta a ciertas obligaciones legales, como:

  • Destinar el 20% de los beneficios a reserva legal
  • Responsabilidad solidaria de los socios hasta 3.000 € en caso de liquidación

👉 Recomendación profesional: constituir la SL con 3.000 € para evitar limitaciones.

Tipos de aportaciones al capital social


¿Cómo se puede aportar el capital social?

  • Aportaciones dinerarias PREVIAS a la constitucion
  • Aportaciones dinerarias, sin acreditar el desembolso
  • Aportaciones no dinerarias

¿Cuándo y cómo se desembolsa el capital?

Existen alternativas que ayudan al emprendedor a iniciar su proyecto sin necesidad de desembolsar el capital social mínimo: aportaciones no dinerarias, formación sucesiva, etc.

  • En caso de optar por la aportacion PREVIA a la constitución, el capital social debe estar totalmente desembolsado por lo que será necesario abrir la cuenta bancaria, ingresar el capital y solicitar al banco el certificado bancario de aportación al capital social
  • En caso de optar por la aportacion dineraria sin acreditar el desembolso, no existe un plazo para aportar el capital una vez creado. En este caso, el socio responde solidariamente de la relaidad de la aportación en caso de deudas de la sociedad, hasta el limite del capital suscrito
  • En caso de optar por la aportación no dineraria, solo será necesario manifestar los bienes que se aportan, no siendo necesario aportar factura o tasacion de los mismos.

Modificación del capital social

¿Se puede aumentar o reducir el capital social de una SL?

Sí. El capital social puede modificarse mediante:

  • Ampliación de capital (nuevos socios o aportaciones)
  • Reducción de capital (compensar pérdidas o salida de socios)

Ambos procesos requieren:

  • Acuerdo de la Junta
  • Escritura pública
  • Inscripción registral

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