Con el objetivo de mejorar y simplificar el proceso de pago de los honorarios del Registro Mercantil en la constitución de sociedades, se ha puesto en marcha un nuevo sistema denominado “Cartera Virtual”. Este cambio afecta directamente a los emprendedores que deseen crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) a través del sistema CIRCE.
A continuación, te explicamos de forma clara y paso a paso en qué consiste este nuevo procedimiento y qué debes tener en cuenta.
¿Qué es la Cartera Virtual?
La Cartera Virtual es un sistema que permite realizar el pago anticipado de los aranceles del Registro Mercantil mediante una provisión de fondos. Es decir, antes de iniciar la tramitación de la sociedad, será necesario disponer de saldo suficiente en esta cartera.
Este sistema está gestionado por el Colegio de Registradores de España y será obligatorio para poder completar el proceso de alta de una SRL.
Fechas de implantación
El nuevo sistema entrará en funcionamiento de forma progresiva:
- 04 de mayo de 2026: en todas las provincias, excepto Madrid y Barcelona
- 11 de mayo de 2026: en Madrid y Barcelona
Requisito imprescindible
Para poder utilizar la Cartera Virtual, al menos una de las personas socias deberá disponer de un medio de identificación electrónica, como:
- Certificado electrónico
- Sistema Cl@ve
Sin este requisito, no será posible completar el proceso de constitución de la sociedad.
Paso a paso: cómo utilizar la Cartera Virtual
1. Crear la Cartera Virtual
Accede a la sede electrónica de los Registradores y da de alta una nueva cartera virtual a nombre de una de las personas socias.
2. Cargar saldo
Realiza una provisión de fondos mediante tarjeta bancaria (crédito o débito).
- Importe mínimo requerido: 110 €
3. Obtener el identificador de la cartera
Una vez creada, el sistema generará un identificador único, que será necesario para continuar el proceso.
4. Cumplimentar el DUE
Deberá facilitarnos el identificador único, para poder completar el DUE.
5. Pago automático del arancel
Durante el proceso, el Registro Mercantil descontará automáticamente el importe correspondiente desde la cartera virtual.
6. Recuperar saldo sobrante
Si tras el pago queda dinero disponible, podrás recuperarlo total o parcialmente.
Aspectos importantes a tener en cuenta
- La creación y carga de la cartera virtual es obligatoria antes de enviar el DUE
- La cartera debe estar a nombre de una de las personas socias (persona física o jurídica)
- El pago es seguro y se realiza exclusivamente mediante tarjeta bancaria
- Sin saldo suficiente, el sistema no permitirá continuar con el trámite
Conclusión
La implantación de la Cartera Virtual supone un cambio relevante en el proceso de constitución de sociedades, introduciendo un sistema más ágil y automatizado para el pago de aranceles. No obstante, también implica nuevos requisitos, como la necesidad de identificación electrónica y la provisión previa de fondos.
Por ello, es fundamental que los emprendedores planifiquen este paso con antelación para evitar retrasos en la tramitación de su sociedad.
Para más información o resolución de incidencias, se recomienda acudir a los canales oficiales de soporte de los Registradores de España.
