Actividades incluidas
Esta clase comprende:
– las actividades de explotación, mantenimiento o concesión de acceso a instalaciones para la transmisión de voz, datos, texto, sonido y vídeo utilizando una infraestructura de telecomunicaciones por cable, inalámbrica o por satélite, incluidas:
• la explotación y mantenimiento de instalaciones de conmutación y transmisión para ofrecer comunicaciones punto a punto a través de líneas terrestres, microondas o una mezcla de líneas terrestres y enlaces por satélite
• la explotación de sistemas de distribución por cable (por ejemplo, distribución de datos y señales de televisión), proporcionando o no a los clientes servicios de vídeo de terceros bajo demanda
• la provisión de acceso a Internet por parte del operador de la infraestructura
• el mantenimiento y explotación de redes de telecomunicación para teléfonos móviles y otras redes de telecomunicaciones inalámbricas (incluidos sistemas de radiobúsqueda como los localizadores)
• la entrega a los usuarios de programación visual, oral o textual, recibida de redes por cable, cadenas de televisión locales o estaciones de radio, a través de sistemas de transmisión «directo a casa» por satélite o de televisión sobre Protocolo de Internet (las unidades clasificadas aquí no suelen producir material de programación propio)
• la prestación de servicios de Voz sobre Protocolo de Internet (VOIP), por parte del operador de la infraestructura
Las instalaciones de transmisión que llevan a cabo estas actividades pueden realizarlas con una sola o varias tecnologías.
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– la instalación en edificios de cableado de telecomunicaciones, redes informáticas y televisión por cable, incluido el cableado de fibra óptica sin instalaciones operativas para la transmisión de datos (véase 43.21)
– la edición de aplicaciones de mensajería instantánea o de geolocalización por satélite (véase 58.29)
– las actividades de reventa de telecomunicaciones y de servicios de intermediación para telecomunicaciones (véase 61.20)
– la provisión de telefonía y acceso a Internet en instalaciones abiertas al público, por ejemplo, cibercafés (véase 61.20)
-la prestación de servicios de Voz sobre Protocolo de Internet (VOIP), sin explotar las instalaciones para la transmisión de datos (véase 61.90)
