Actividades incluidas
Esta clase comprende principalmente la prestación de servicios de comidas a clientes, por ejemplo, en restaurantes tradicionales, restaurantes de autoservicio o de comida para llevar, con asientos o sin ellos, en instalaciones permanentes o temporales.
Esta clase comprende las actividades de:
– restaurantes
– bares con servicio de comidas
– restaurantes de comida rápida
– establecimientos que ofrecen comida para llevar
Esta clase comprende también:
– la explotación de restaurantes a bordo o en instalaciones de transporte, prestada por unidades independientes al proveedor del servicio de transporte
– la explotación de restaurantes en un hotel, prestada por unidades independientes al hotel
– la explotación de restaurantes de comida para llevar en un supermercado, prestada por unidades independientes al supermercado
– la entrega de comidas de elaboración propia, como la pizza y el sushi, para su consumo inmediato
Actividades no incluidas
Esta clase no comprende:
– el comercio al por menor de alimentos por medio de máquinas expendedoras (véase 47.2)
– la explotación de coches-restaurante como operación realizada por las propias compañías de ferrocarril (véase 49.11)
– los servicios de catering móvil (véase 56.12)
– las actividades de catering para eventos (véase 56.21)
– la explotación de concesiones del servicio de restauración (véase 56.22)
– las actividades de los contratistas de servicios de restauración, por ejemplo, para compañías de transportes (véase 56.22)
– las actividades de los salones de té (véase 56.30)
