Cuando un emprendedor decide constituir una empresa en España, una de las primeras dudas que surgen es: ¿Qué forma jurídica me conviene: una Sociedad Limitada (SL) o una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU)?
Aunque ambas comparten prácticamente la misma regulación y estructura, existen diferencias clave que pueden influir en la operativa, la imagen y la responsabilidad del socio.
En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, las diferencias reales entre SL y SLU, sus ventajas y cuándo conviene elegir cada una.
1. Qué es una SL
La Sociedad Limitada (SL) es una sociedad mercantil en la que participan dos o más socios.
La responsabilidad de cada socio está limitada al capital aportado, y su funcionamiento está regulado por los estatutos y acuerdos sociales.
Características principales:
- Requiere dos o más socios en el momento de la constitución.
- Flexibilidad para regular relaciones entre socios en estatutos.
- Reparto del capital entre varios propietarios.
- Adecuada para proyectos colaborativos.
2. Qué es una SLU
La Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) es exactamente una SL, pero con una particularidad: solo tiene un socio, ya sea persona física o jurídica.
Ese socio único tiene total control sobre la sociedad, tanto en la toma de decisiones como en la gestión del capital.
Características principales:
- Solo existe un socio.
- Todas las decisiones se adoptan de forma individual.
- Mayor rapidez y simplicidad en la toma de acuerdos.
- Requiere que la unipersonalidad conste en escritura pública e inscripción.
3. Diferencias reales entre SL y SLU
a) Número de socios
- SL: dos o más.
- SLU: solo uno.
Es la diferencia esencial y la que determina la forma jurídica.
b) Imagen externa y percepción
- SL: imagen de proyecto compartido y mayor estabilidad.
- SLU: transmite control total por parte del emprendedor.
Para muchos negocios, esto puede tener impacto comercial, sobre todo en operaciones B2B.
c) Gestión de decisiones
- SL: todos los acuerdos deben recogerse en actas y firmarse por los socios.
- SLU: el socio único decide y deja constancia de manera individual.
Menos trámites internos en la SLU.
d) Responsabilidad del socio
En ambos casos, la responsabilidad está limitada al capital aportado. Si bien en una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU), la responsabilidad del socio único pasa a ser ilimitada y solidaria con la sociedad en dos casos principales: si no se inscribe la unipersonalidad en el Registro Mercantil dentro de los seis meses siguientes a su adquisición, o si se comete fraude o abuso de la personalidad jurídica.
e) Obligaciones formales
Las SLU tienen una obligación adicional:
- Debe inscribirse la condición de unipersonalidad en el Registro Mercantil.
- Si en algún momento entra un segundo socio, debe inscribirse el cambio.
f) Fiscalidad
No existe diferencia fiscal entre SL y SLU.
Ambas tributan por el Impuesto de Sociedades.
4. Cuándo elegir una SL
Una SL es la mejor opción cuando:
- Hay varios emprendedores involucrados en el proyecto.
- Se quiere transmitir una imagen empresarial más sólida o colaborativa.
- Se desean regular estatutariamente relaciones internas (entrada de socios, mayorías, derechos preferentes…).
Ideal para startups, proyectos familiares con varios miembros y negocios donde se prevé entrada de socios inversores.
5. Cuándo elegir una SLU
Una SLU es recomendable cuando:
- El proyecto es de un solo emprendedor.
- Se quiere operar de forma profesional evitando la figura del autónomo.
- Se busca agilidad en decisiones y menos burocracia interna.
- El negocio no requiere incorporar socios desde el inicio.
Es la forma favorita para freelancers que quieren limitar responsabilidad, pequeños comercios y proyectos personales.
6. ¿Es mejor empezar como SLU y luego pasar a SL?
En muchos casos, sí.
De hecho, es habitual constituir una SLU cuando arranca un negocio y, más adelante, incorporar socios.
La transición es sencilla: basta con transmitir participaciones y actualizar la inscripción en el Registro Mercantil.
7. Conclusión: ¿SL o SLU?
Las diferencias entre ambas formas jurídicas son menores, pero importantes.
La decisión se reduce principalmente al número de socios y a la estrategia empresarial.
En resumen:
| Característica | SL | SLU |
|---|---|---|
| Nº de socios | 2+ | 1 |
| Imagen | Equipo o proyecto conjunto | Emprendedor único |
| Agilidad | Media | Alta |
| Fiscalidad | Igual | Igual |
| Obligaciones extra | No | Inscripción de unipersonalidad |
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